Pese las declaraciones de la Ministra Presidenta de la Suprema Corte, Norma Piña, jueces de distrito del Poder Judicial ordenan la suspensión definitiva a la reforma que extingue los fideicomisos de este ente para devolverlos a la Tesorería de la Federación.
10/11/2023 (Ciudad de México). Tras la solicitud de amparo presentado por la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, la jueza del Noveno Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Elizabeth Trejo Galán, ordenó la suspensión definitiva al decreto que obliga al Poder Judicial, del cual la jueza forma parte, a extinguir 13 de los fideicomisos en su poder y devolverlos a la Tesorería de la Federación; además esta resolución ordena que dicha suspensión tenga efectos generales para favorecer a todos los jueces y magistrados, así como a ella misma.
La suspensión solo debía otorgarse de existir un acto concreto derivado de la norma que afectara la esfera jurídica de los quejosos, y no en favor de terceros ajenos al juicio.
Con esta suspensión, se invaden las facultades propias del Poder Legislativo, el cual recientemente aprobó que el dinero contenido en estos fideicomisos se destinara a la reconstrucción de Acapulco durante el Ejercicio del Presupuesto de Egresos de 2024.
También el juez del Decimosegundo Distrito en el estado de Chihuahua, Juan Fernando Luévano Ovalle, otorgó “fast track” otra suspensión, misma que fue presentada por empleados del Poder Judicial. En este caso, de acuerdo al juicio de amparo, María del Carmen Cordero Martínez es la representante de los trabajadores que lo interpusieron, siendo ella Magistrada en el Primer Tribunal Colegiado en Material Civil y del Trabajo en el Decimoséptimo Circuito de Chihuahua.
Violación a la Constitución de la República
De acuerdo al Artículo 17 de la Constitución Política de México “Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma” y, además, este artículo señala que los administradores de justicia deberán emitir “resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.”
Al respecto, la Presidencia de la República emitió un comunicado en el que destaca que “Por ética judicial, los juzgadores debieron abstenerse de conocer de los juicios de amparo y recursos interpuestos en contra de la extinción de los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación.”
De la misma manera, la Ley de Amparo contempla, en su Artículo 51, que están obligados a excusarse de conocer un asunto “si tienen interés personal en el asunto que haya motivado el acto reclamado o lo tienen su cónyuge o parientes en los grados expresados en la fracción anterior”.
El papel de la Suprema Corte
Por su parte, la Presidencia de la República destacó que la Ministra Presidenta de la Suprema Corte, Norma Piña Hernández, anteriormente había hecho público que acepta la propuesta del Presidente para destinar los recursos contenidos en los fideicomisos para contribuir a la reconstrucción de Acapulco , pues ello “representa una alternativa real que nos permitirá actuar como Estado en defensa de su población”, de acuerdo a lo expresado por la ministra.
Sin embargo, tras las resoluciones emitidas por los jueces de distrito, la Presidencia de la República solicitará a la Ministra Norma Piña a que ejerza la facultad de atracción de la Suprema Corte para que resuelva de forma prioritaria los juicios de amparo promovidos por integrantes del Poder Judicial. Lo anterior con base en los Artículos 94 de la Constitución Política y el Artículo 80 bis de la Ley de Amparo.
Finalmente, el comunicado del Ejecutivo declara: “Se tiene confianza en que algunos ministros harán honor a su cargo y actuarán con imparcialidad.”