14/09/2023 (Ciudad de México). El caso de Ernestina Ascencio Rosario, mujer náhuatl de 73 años que murió tras abuso sexual de militares, llega a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

El caso fue presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ante esa instancia internacional y rompe con la versión oficial que sostuvo el gobierno de Felipe Calderón al asegurar que murió de una gastritis.

El anunció lo hizo la CIDH y será el máximo tribunal quien determine lo correspondiente al Estado Mexicano. El organismo determinó que Ascencio, quien residía en la comunidad de Tetlalzinga, en la Sierra Zongolica, Veracruz, fue víctima de violación perpetrada por al menos cuatro soldados de la base del ejército establecida en su comunidad y falleció debido a las lesiones sufridas, a la falta de acceso oportuno a atención médica adecuada y a la impunidad. 

Los hechos ocurrieron hace 16 años, en 2007, cuando Ernestina fue encontrada con signos de violencia, cerca de una base militar instalada cerca de su casa. Se trataba del 63° del Batallón de Infantería de la 26ª zona militar de Lencero, Veracruz. Todavía con vida, Ernestina logró decir en su lengua que había sido agredida por soldados. Ernestina murió, pero la autopsia que se le practicó confirmó que fue víctima de violación. 

El caso causó indignación, pero también polémica dado que el ejército se deslindó de los hechos, el oficial forense dijo que había muerto por complicaciones gastrointestinales y la propia Comsión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) avaló ese dictamen oficial. A esto se sumó el entonces presidente Felipe Calderón, quien señaló ante medios que Ernestina Ascencio murió por gastritis. 

El caso fue archivado, a pesar de que la Agencia del Ministerio Público especializada en delitos sexuales de la Procuraduría General de Justicia de Veracruz (PGJ) inició la investigación de los hechos. Sin embargo, 30 de abril de 2007, la PGJ de Veracruz decidió no ejercer la acción penal con el argumento de que “no se lograron probar los delitos”. En paralelo, se inició una investigación en la jurisdicción militar, que se archivó en junio de 2007.

La CIDH concluyó que Ernestina murió por un traumatismo craneoencefálico, fractura y luxación cervical, lesiones indicativas de una agresión sexual, sumado a la falta inoportuna de atención médica.

El organismo condenó estas agresiones y señaló que constituyeron tortura y atentaron contra sus derechos a la integridad personal, honor, dignidad y el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia

“En este sentido, la Comisión tomó en consideración que la situación resultó especialmente grave teniendo en cuenta la pluralidad de agresores, la edad avanzada de la víctima, y el hecho que se tratara de agentes estatales, expuso el organismo.

En su análisis la CIDH también concluyó que hubo presencia de prejuicios y falta de imparcialidad en la investigación, así como limitación de pruebas y exclusión de los familiares en el proceso, “evidenciaron una falta de diligencia y seriedad por parte del Estado mexicano, lo cual resultó en la violación de los derechos a la igualdad, no discriminación y acceso a una justicia efectiva”, señaló. 

No sólo eso, además la CIDH también encontró que se violaron los derechos de acceso a la información pública, en perjuicio de Julia Marcela Suárez Cabrera, abogada de la familia, porque se le negó el acceso al archivo y a los documentos relevantes del caso.

Es así que la CIDH determinó que “el estado mexicano es responsable por la violación de los derechos a la vida, salud, integridad personal, honra y dignidad, garantías judiciales, protección judicial y a la igualdad y no discriminación” de Ernestina Ascencio.  Recomendó al estado iniciar una investigación penal exhaustiva y rápida para esclarecer los hechos y determinar las responsabilidades. También pidió que se entregara a Julia Marcela Suárez Cabrera una copia simple de la versión pública del expediente de investigación.

Pidió garantizar la seguridad de los familiares y personas que han participado en las investigaciones y el proceso. También que se adopten medidas para prevenir en el futuro hechos similares.

Sin embargo, estos casos están lejos de ser aislados

De acuerdo con un informe de 2019 elaborado por la organización Human Rights Watch, entre diciembre de 2012 y julio de 2019, la CNDH recibió más de 4 mil 600 denuncias por abusos y violaciones de todo tipo perpetrados por militares.

Además, tal como pasó en el caso de Ernestina, persiste la impunidad. Y es que según una investigación de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA, por sus siglas en inglés) determinó que los fiscales de la justicia penal ordinaria habían iniciado sólo 505 investigaciones, entre 2012 y 2016, sobre delitos y violaciones de derechos humanos cometidos por soldados, pero sólo habían obtenido 16 condenas.

Entre los casos parecidos al de Ernestina Ascencio destaca el de  Inés Fernández Ortega, indígena Me´phaa de Barranca Tecuani municipio de Ayutla de los Libres Guerrero, víctima de tortura y violación por parte de militares, en el año 2002. 

Como ocurrió en el de Ernestina, no hubo apoyo de parte de las autoridades mexicanas, por lo que el caso llegó también a la Corte IDH. En el año 2020, se encontró responsable al estado mexicano y fue condenado. Todavía Inés continúa luchando para que se cumpla la reparación integral de los daños.