11/12/2024 (Ciudad de México). En 1994, el cantautor español Joaquín Sabina escribió una canción a la que tituló “Ruido”. La narrativa tiene que ver con el desgaste de una relación de pareja, en la que hacen ruido los malentendidos y las decepciones hasta que “con tanto ruido, no escucharon el final”.

Precisamente del ruido que aqueja a quienes viven en las grandes urbes, trata una ley que ha sido aprobada por el Senado en Colombia, un país “culturalmente bullicioso”, según definió Daniel Carvalho, el legislador ecologista ponente.

La normativa tiene un nombre simple: “Ley contra el Ruido”. Concentra, en un solo instrumento normativo, todas las convenciones y decretos nacionales, así como los convenios internacionales para enfrentar las formas de contaminación acústica.

A nivel mundial el debate sobre la contaminación ambiental debida al ruido como un problema de las sociedades cada vez más industrializadas y con crecientes niveles de concentración urbana de sus poblaciones, fue iniciado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de las Naciones Unidas. En 1977 la OIT aprobó el Convenio 148, que es un tratado ratificado por 187 países que protege a trabajadores y trabajadoras de los riesgos laborales derivados de los ruidos, la contaminación del aire y las vibraciones en sus lugares de trabajo. El Convenio 148 asume al ruido como una forma invisible de contaminación acústica, que puede afectar la calidad de vida y la salud de las personas.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la contaminación acústica es, después de la contaminación del aire, el segundo de los factores ambientales que provoca más complicaciones de salud: padecimientos cardiovasculares, problemas de sueño y discapacidades cognitiva y auditiva. Y la niñez es la que que más riesgos corre al vivir en ambientes con elevados niveles de ruidos.

El tráfico de vehículos, trenes y aviones es una de las fuentes más riesgosas de emisión acústica. Lo mismo los parlantes y la música a todo volumen con la que los dueños de comercios, restaurantes y locales de servicios, buscan atraer más clientela. Los locales de música bailable han sido también identificados como fuentes de riesgo, no sólo para quienes los frecuentan sino también para quienes viven en los alrededores.

Sin embargo, en América Latina, no todos los países cuentan con normativas que limiten y regulen la contaminación acústica. Uno de esos países es Argentina que el 2004 aprobó una ley específica, pero cuya reglamentación tardó tres años en elaborarse, por la resistencia de sectores que se sintieron afectados. Una evaluación de cumplimiento actual de la norma, mostró resultados decepcionantes.

Chile y Paraguay son los países más avanzados de la región, ya que cuentan con leyes que regulan la emisión de ruidos, con niveles de cumplimiento que van mejorando cada año. En México, la normativa más avanzada es la de la ciudad de México que, en abril de 2021, aprobó varias reformas a la Ley Ambiental en materia de ruido, para reducir y controlar las emisiones de ruido proveniente de fuentes móviles.

Colombia está dando un gran paso con esta “Ley contra el Ruido”, que posicionará al país como el más avanzado en gestión acústica de América Latina. La ley colombiana abarca aspectos no sólo genéricos, sino incluso procedimentales, y ordena la rápida aprobación de un reglamento en que se definirán los niveles máximos de emisión de ruido en sectores residenciales, industriales, comerciales, culturales y de esparcimiento.

La Ley colombiana obliga al gobierno nacional, a las gobernaciones y las alcaldías a contar con planes de control de ruido, asumiéndolo como un problema de necesidad ciudadana y salud pública, según los parámetros establecidos por la Organización Mundial de la Salud.