Los agentes del MP podrán solicitar de manera directa a los poderes judiciales la intervención de telecomunicaciones o de información financiera, lo que busca hacer más eficiente la investigación de delitos.
07/12/2023 (Ciudad de México). Este miércoles 6 de noviembre fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto mediante el cual se autoriza a los agentes del Ministerio Público Federal (MPF) para solicitar de manera directa la autorización a los órganos jurisdiccionales del país para intervenir las comunicaciones de presuntos delincuentes, así como de solicitar información sobre operaciones financieras.
El acuerdo entra en vigor este jueves 7 de noviembre y persigue el objetivo de que los agentes del MPF cuenten con las facultades para solicitar a los organismos competentes la autorización de actos de investigación necesarios para el desempeño de sus funciones investigativas.
Los ministerios públicos del país se encargan de llevar a cabo la presentación de presuntos delincuentes, así como la investigación penal cuando se procesan a los acusados de delitos. Estos ministerios públicos están a cargo de las fiscalías que, en el caso del nivel federal de gobierno, se encuentra en la Fiscalía General de la República (FGR), que está bajo el mando del fiscal, Alejandro Gertz Manero.
A partir de una serie de funciones que se mantenían concentradas en las manos del fiscal, se ha reproducido un esquema centralizado de operación en la FGR. Esto implicaba que, para que los órganos jurisdiccionales pudieran brindar el acceso a las telecomunicaciones o la información financiera al MPF, tenía que haber una solicitud del fiscal o de las personas a las que él explícitamente delegara esta función.
A partir de la entrada en vigor del decreto, los agentes del Ministerio Público Federal adquieren la facultad de solicitar de manera directa la intervención para llevar a cabo este paso en las investigaciones judiciales, lo que implica una desconcentración de las funciones de la Fiscalía. Sin embargo, no la ejercen de manera completamente autónoma, pues deben contar con la autorización de los jefes de las unidades a las que se encuentren adscritos, además de cubrir ciertos requisitos.
La intervención a las comunicaciones puede tratarse de la ubicación geográfica en tiempo real, las llamadas “sábanas” de llamadas o la información o contenido de sus interacciones. En el caso de la información financiera, puede integrar datos relacionados con las operaciones financieras o los servicios de crédito contratados por el imputado.
Además, el acuerdo también transfiere la facultad de llevar a cabo esta solicitud de manera directa a las empresas de telecomunicaciones cuando se evalúe que la vida de una persona corre peligro o que está en riesgo la pérdida del objeto del delito. No obstante, los agentes del Ministerio Público Federal están obligados a informar en un máximo de 48 horas al órgano jurisdiccional competente, que, en este caso, se trata mayoritariamente de un órgano del Poder Judicial Federal.
Esto también ocurre en el caso de los delitos de delincuencia organizada con los agentes adscritos a la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), lo cual queda estipulado de manera particular en el Acuerdo.
La desconcentración de funciones puede hacer más eficientes los procesos de investigación, ya que previamente se habría requerido la aprobación explícita del fiscal para la solicitud de datos de comunicaciones privadas o información financiera a los órganos jurisdiccionales competentes, generalmente tribunales colegiados o de distrito del Poder Judicial Federal. Esto implicaba la saturación de las funciones del fiscal, lo cual también es reconocido en el Acuerdo.
A partir de ahora, serán los jefes de las unidades a los que se encuentren adscritos los agentes del Ministerio Público Federal encargados de una investigación los que aprueben estas solicitudes, que además tienen que ser aprobados después por un juez o magistrado del PJF, por lo general.