4/7/2023 (Ciudad de México). La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio respuesta a la Secretaría de Gobernación sobre el informe solicitado para explicar los motivos que llevan a los ministros a incumplir con el artículo 127 constitucional, que prohíbe sueldos mayores al del presidente de la República para funcionarios públicos.
En su respuesta, el máximo tribunal señala que “las percepciones que reciben los ministros no pueden ser diferenciadas ni pueden ser disminuidas por actos provenientes de otros poderes”.
Añade que, sin embargo, los ministros decidieron en 2019, por motu propio, una disminución de sus percepciones en un 25 por ciento.
Además, la SCJN señala que el 20 de mayo de 2019 la Corte invalidó el tope salarial establecido en la Ley Federal de Remuneraciones, debido a que el sueldo presidencial debe incluir otras prestaciones como alimentación, transporte, habitación, menaje de casa, seguridad y servicios de salud, entre otros; y que no hay un cálculo exacto de cuánto gana el mandatario porque el Poder Legislativo no ha realizado este ejercicio de precisión.
“El Poder Legislativo no estableció parámetros objetivos para fijar remuneraciones que garanticen las características que exige dicho numeral constitucional (Artículo 27), empezando por la del Presidente de la República, lo que influye en todo el sistema de remuneraciones, porque su remuneración es el referente máximo para la determinación del resto de los salarios del servicio público, permitiendo con ello una discrecionalidad con potencial de afectación a la eficacia y calidad de la función pública”.
Por último, la máxima corte apunta a que de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la SEGOB no cuenta con el fundamento jurídico para solicitar información de la Suprema Corte y que aunque no está obligada a responder. Sin embargo, en aras de fortalecer el diálogo entre poderes, contestó al cuestionamiento.
En su conferencia matutina el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, analizó la respuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Declaró que “era de esperarse una respuesta así, leguleya… Es clarísimo, “ningún servidor público podrá recibir remuneración, en términos de la fracción anterior, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente”’ … Sólo que los ministros de la Corte no sean servidores públicos, que en sentido estricto algunos no lo son, son servidores privados”.
El mandatario ha denunciado en varias ocasiones que los ministros perciben una remuneración salarial (incluyendo prestaciones), 4 a 5 veces superior a la de su cargo como jefe del Ejecutivo, por lo que expuso las percepciones actuales de los ministros.
“Entiendo muy bien su respuesta, no queda más que enviar una iniciativa de Reforma a la Constitución más precisa, porque ellos dicen que no está clara la Constitución” afirmó el mandatario, quién afirmó que en 2024 enviará la propuesta a la próxima Legislatura para que, de una vez por todas, quede claro a quien se autodenomina como “máximo intérprete de nuestra Constitución”.