28/02/2024 (Ciudad de México). Este 28 de febrero la reforma para aumentar el aguinaldo en México avanza en comisiones del Senado y en próximos días se espera su discusión en el pleno. No obstante, el proyecto de dictamen sobre licencias de paternidad quedó fuera de la orden del día.

En lo que refiere al aguinaldo, la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó por unanimidad la iniciativa para reformar el primer párrafo del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo que refiere al aumento de días de salario en el pago de aguinaldo anual

Con dicha reforma el aguinaldo aumentará a 30 días de salario. En la actualidad, en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo se establece que los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo que equivale a 15 días de salario y que se paga antes del 20 de diciembre.

Durante la discusión, se recordó que este derecho no había sufrido un cambio desde la última reforma de 1975.

Al respecto, Arturo Tinajero Caballero, académico de la Fes-Aragón UNAM y experto en derecho laboral, dijo a De Raíz que tal aprobación era un pendiente en lo que refiere a derechos laborales, aunque consideró que todavía falta claridad para saber cómo pagará el patrón ese derecho.

El académico recordó que “México tiene una de las situaciones laborales más precarias del mundo entero”, y dijo que todavía no es claro cómo se aplicará en la PYMES, pequeñas y medianas empresas. 

La iniciativa todavía deberá ser aprobada por la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, para luego ser sometida a consideración del pleno.    

Con respecto a la licencia de paternidad, quedó fuera de la orden del día de la Comisión del Trabajo del Senado. Esta iniciativa propone aumentar de cinco a 20 días el permiso. 

Hay que mencionar que en diciembre pasado, la Cámara de Diputados aprobó dicha reforma, y entre las obligaciones que se advierten es que los patrones deberán otorgar estos permisos a los trabajadores con goce de sueldo; los 20 días contarán a partir del nacimiento de los hijos y también aplicará en caso de adopción de infancias. 

México se encuentra muy por atrás de países de América Latina que reconocen el derecho de las licencias de paternidad, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). 

Mientras que Paraguay, Venezuela y Colombia ofrecen 14 días de licencia de paternidad con 100% de goce de sueldo, México sólo otorga cinco días. No así en lo que refiere a las licencias de maternidad; el artículo 170 de la LFT establece que las trabajadoras tienen derecho a una licencia de maternidad de 12 semanas en conjunto ( 6 antes y 6 posteriores al parto), con goce de sueldo. En caso de adopción, tienen descanso de 6 semanas con goce de sueldo, posteriores al día de la adopción. 

Tinajero Caballero reconoce que aprobar el derecho de las licencias de paternidad es fundamental para reducir las brechas de género en el cuidado. Sin embargo continuará como pendiente, dado que no se propuso fecha para ponerlo en la orden del día.