El INE anunció que con base en el Artículo 38 de la Constitución, para el proceso electoral 2024 aplicará el mecanismo “8 de 8 contra la violencia” para eliminar candidaturas de personas que hayan sido sentenciadas por la comisión de alguno de los supuestos actos de violencia.
27/02/2024 (Ciudad de México). Como parte de las acciones afirmativas para promover y fomentar la cultura de la no violencia contra las mujeres, el Instituto Nacional Electoral (INE) informó que para el próximo proceso electoral federal se aplicará un mecanismo de verificación “8 de 8” para garantizar que en ninguna candidatura se encuentre persona alguna que haya cometido violencia de género.
Este mecanismo, nombrado nombrado “8 de 8 contra la violencia”, es un instrumento normativo básico que considerará ocho supuestos:
- Comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal.
- Contra la libertad y seguridad sexuales.
- Cuando afecte el normal desarrollo psicosexual.
- Violencia familiar.
- Violencia doméstica.
- Violación a la intimidad sexual.
- Violencia política.
- Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Para garantizar los derechos políticos de las personas y en el marco de un sistema jurídico la presunción de inocencia, la consejera electoral Rita Bell López señaló que la cancelación del registro de la candidatura sólo procederá si la violencia de género ha sido juzgada y tiene una sentencia firme.
El procedimiento de verificación
La implementación de este proceso inicia con el formato de buena fe, bajo protesta de decir la verdad que todos los candidatos firmaron, afirmando que no se encuentran dentro de alguno de estos ocho supuestos.
Posteriormente, el 29 de Febrero se dará a conocer la lista de candidaturas y entre el 2 de Marzo y 2 de Abril toda la ciudadanía podrá compartir información sobre las candidaturas que estén sancionados en alguno de los 8 de 8 supuestos enlistados. Esto lo podrán hacer en los consejos distritales físicos, o bien, vía la página web del INE. De la misma manera, diversas dependencias colaborarán con el órgano electoral para esta verificación.
En caso de que alguna candidatura se encuentre bajo alguno de los supuestos y se cuente con evidencia, “la Secretaría Ejecutiva dará vista entre el 2 y 8 de Mayo a las candidaturas y al partido involucrado para que en un plazo de tres días naturales manifieste lo que a su derecho convenga”, informó Rita Bell.
Una vez hecha esta notificación, los partidos políticos tendrán 72 horas para hacer una sustitución extraordinaria en la candidatura, acción que concierne exclusivamente al partido político en cuestión, agregó Dania Ravel Cuevas, consejera electoral.
Se destaca que el Instituto Nacional Electoral, aún realizada la jornada electoral, podrá notificar a los consejos locales y distritales sobre la cancelación de alguna candidatura y, en caso de que haya ganado su elección, no se le entregará constancia por incurrir en las conductas referidas.
Al respecto, la consejera Norma Irene de la Cruz reiteró que si bien puede haber denuncias en contra de alguno de los candidatos o candidatas, ésta no será “suficiente para cancelar un registro” sino que tendrá que haber una “sentencia firme y que esté en algunos de los [ocho] supuestos”.
Antecedentes del “8 de 8 contra la violencia”
La consideración de ocho supuestos actos de violencia contra las mujeres se enmarcan en la reforma al Artículo 38 de la Constitución Política, hecha en Mayo de 2023, la cual llevó a rango constitucional los entonces tres actos calificados como violencia contra las mujeres y los amplió a ocho para considerarlos razones para la pérdida de sus derechos ciudadanos y la cancelación del registro de una candidatura.