10/01/2024 (Ciudad de México). La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó a la ministra Lenia Batres Guadarrama la petición de reducción de sueldo, para ganar menos que el presidente de la República, e inscribirse al servicios de seguridad social del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

La ministra dio a conocer, a través de sus redes sociales, que el área administrativa de la Corte se negó a ambas peticiones. En el caso de la reducción del salario la Corte alegó que la percepción no solo está integrada por el dinero en efectivo, sino que incluye todas las prestaciones que se acompañan con el cargo, como casa, alimentación, transporte, seguridad, servicios de salud y otros.

Además, la SCJN señala que la Ley de Remuneraciones no establece parámetros objetivos para fijar los salarios de cada funcionario.

“El Poder Legislativo no estableció parámetros objetivos para fijar remuneraciones que garanticen las características que exige dicho numeral constitucional, empezando por la del Presidente de la República, lo que influía en todo el sistema de remuneraciones, porque su remuneración es el referente máximo para la determinación del resto de salarios del servicio público, permitiendo con ello una discrecionalidad con potencial de afectación a la eficacia y calidad de la función pública”.

En lo que refiere en el caso de la seguridad social del ISSSTE, la SCJN dijo que no es “jurídicamente posible estimar” que las Ministras y Ministros se sometan a la Ley del ISSSTE como Trabajadores del Poder Judicial de la Federación, “sino en todo caso, en su carácter de “patrón equiparado” y que “implicaría un beneficio adicional al que se consagra en el artículo 94 Constitucional, penúltimo párrafo y artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”.

Esto quiere decir, de acuerdo con la SCJN, que los ministros son titulares del Poder Judicial, por lo que recibir el servicio del ISSSTE “duplicarían la prestación que le da la Constitución en materia de retiro”.

Ante ello Lenia Batres, en una entrevista que sostuvo por cadena nacional, explicó que los criterios que emitió la Corte para negar sus peticiones con respecto al salario no sólo son insuficientes, sino que contraviene lo que establece la Constitución, por lo que criticó la respuesta que recibió.

“La respuesta de la Corte es que ellos han emitido una normativa paralela que indica que no se tiene por qué cumplir. El pretexto es básico: no hay forma de contabilizar no hay un parámetro, […] las interpretaciones jurídicas las interpretan con respecto a sus propios integrantes, lo de menos es la Constitución, ellos inventaron un contenido alterno”.

Llevan 14 años sin que se cumpla un artículo constitucional por el propio órgano Jurisdiccional”, agregó.

A través de sus redes sociales, Batres explicó que la Corte no está considerando que hay una Nueva Ley de Remuneraciones vigentes de 2021, que ya establece los parámetros. “Véasele por donde se le vea, no hay justificación para rebasar el monto constitucional. Por eso, he tramitado mi incorporación voluntaria al ISSSTE y la devolución directa del excedente de las remuneraciones en la Tesorería de la Federación.”

Lo que sí aceptó la Corte fue la petición de Lenia Batres de no recibir el Seguro de Separación Individualizada, y le garantizó que tendrá todas las condiciones materiales para realizar su trabajo.

Por su parte, la ministra informó que ella misma se inscribirá al servicio de seguridad social y devolverá el dinero que considere excedente a la Tesorería de la Federación.