La aprobación en la Cámara de Diputados representa un paso más hacia la erradicación de este tipo de violencia de género.

01/12/2023 (Ciudad de México). Con 452 votos, cero abstenciones y cero votos en contra, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en un dictamen histórico el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Código Civil Federal y del Código Penal Federa,l en materia de violencia a través de interpósita persona, mejor conocida como “violencia vicaria“.

Las modificaciones pretenden prevenir y sancionar este tipo de agresiones, que consisten básicamente en utilizar a los hijos como un modo de afectación hacia la madre. Puede darse a través de amenazas de causar daño, ocultar, retener o sustraer a los hijos, utilizarlos como fuente de información sobre la madre, o cualquier tipo de fomento de acto violento, físico, verbal o psicológico.

Con la reforma, ahora también se contempla el condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias tanto para la pareja como para los hijos.

Incurrir en actos de este tipo podría significar una sanción que limite la patria potestad y custodia de los descendientes y en casos extremos recibir una pena de hasta cinco años de prisión, aplicando en relaciones de matrimonio, concubinato o relaciones de hecho con la persona agresora.

Se amplía definición de violencia económica

La Cámara de Diputados también concedió una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para actualizar y ampliar la definición de violencia económica contra las mujeres.

De esta manera entrará en este rubro cualquier tipo de agresión que afecte la economía de la víctima, su independencia y autonomía financiera.

Cabe destacar que la observación de dicha reforma no se limita al entorno familiar, sino que abarca otros espacios y sujetos; puede ser desde un empleador hasta una empresa quienes ejerzan este tipo de violencia.

Otro factor importante que también se considera violencia económica, el desatender las obligaciones financieras, tareas domésticas y cuidados de los integrantes de la familia que dependen de quienes generan ingresos al hogar.