12/09/2023 (Ciudad de México). La despenalización del aborto, el pasado 6 de septiembre, supone un avance trascendental con respecto a los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar en nuestro país.

Su logro fue posible gracias al esfuerzo del movimiento de la Marea Verde, a través del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), una organización feminista que logró que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobara el proyecto de sentencia de un Amparo sobre la constitucionalidad de la regulación del aborto en el Código Penal Federal.

Qué contempla este fallo y cuáles son los desafíos que debe sortear todavía

GIRE presentó un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal por haber emitido una regulación que criminaliza el aborto. Ese amparo fue revisado por la SCJN. El resultado fue que concluyó que ese apartado del Código Penal Federal ya no tendrá efectos.

Eso significa que las mujeres y personas con capacidad de gestar no podrán ser castigadas al acceder a la interrupción del embarazo.

Este fallo también contempla dos puntos relevantes: todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que sean derechohabientes de instituciones federales de salud (IMSS, ISSSTE, Pemex y Salud Pública) podrán acceder a abortos seguros y el personal médico no podrá ser criminalizado por brindar este servicio de salud.

También contempla que el delito de aborto sea eliminado del Código Penal Federal. De acuerdo con GIRE, en México las sanciones por el delito de aborto para las mujeres se clasifican en penas privativas de la libertad (que van desde 15 días hasta seis años de prisión), multas (desde las 20 a 300 Unidades de Medida y Actualización), trabajo comunitario y tratamientos médicos o psicológicos. Incluso penas de reparación del daño.

Sólo en este año, de enero a julio, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), a nivel nacional hay 516 personas acusadas del delito de aborto.

Asímismo también contempla que todos los jueces locales y federales deberán implementar lo dicho por la Corte.

Algunos puntos a considerar: todavía no se ha legalizado en todo el país

Este fallo histórico, sin embargo, todavía enfrentará algunos desafíos. Por ejemplo, la armonización de los Códigos Penales locales con las sentencias, dado que aún hay 20 estados que no han despenalizado el aborto.

Eso implica un desacato a la sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de la acción de inconstitucionalidad de Coahuila, el 7 de septiembre de 2021, en donde se declaró por unanimidad que la criminalización absoluta del aborto consentido es inconstitucional, por violar derechos humanos, como el derecho a la salud y la libertad reproductiva.

En ese entonces también ya se había reconocido el derecho a interrumpir un embarazo en las instituciones de salud pública.

Hasta ahora son 12 entidades que han despenalizado el aborto: Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur, Quintana Roo, Aguascalientes, Coahuila, Veracruz, Ciudad de México, Oaxaca e Hidalgo.

En estos lugares las mujeres y personas gestantes pueden acudir a clínicas de salud pública o privadas para solicitar la interrupción del embarazo.

Otro punto a sortear es que la interrupción del embarazo en México está permitido hasta las 12 semanas de gestación, mientras que en países como Colombia está permitido hasta las 24 semanas.

Asimismo, también se deberá capacitar al personal de salud que acompañará los abortos y deberán todavía generarse políticas públicas que aseguren la continuidad de este derecho a la salud, por lo que todavía falta que el Congreso de la Unión lo elimine como delito del Código Penal Federal y deberá reformarse también la Ley General de Salud.