29/10/2024 (Ciudad de México). La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha hecho público el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá en el cual se pretende invalidar diversas disposiciones vigentes de la elección judicial.

Este documento, que abarca las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos políticos PRI, PAN, MC, partidos políticos locales y legisladores de Zacatecas, enfrenta una fuerte polémica ya que múltiples voces han señalado que los promoventes del recurso carecen de personalidad jurídica para dicha acción.

De manera concreta, el proyecto pretende anular parcialmente la elección en urnas de jueces de distrito y magistrados de circuito, considerando que el proceso electoral de 2025 no ofrece garantías de seguridad jurídica. Sin embargo, propone mantener la elección de ministros de la SCJN y de magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Otras propuestas consisten en invalidar la remoción de jueces y magistrados, argumentando que esta medida no cumple con los principios necesarios para la estabilidad institucional. Junto a esto, Alcántara también buscar anular la reducción de remuneraciones para jueces y magistrados en funciones, permitiéndoles conservar sus altos sueldos, mismos que luego de una primera reforma en 2020, y ahora con la reforma judicial, son considerados inconstitucionales al exceder el sueldo de la titular del Ejecutivo. Bajo su propia interpretación de la Carta Magna, el ministro considera que el ajuste del salario conforme a la Constitución es inconstitucional y perjudicial para la independencia judicial.

Junto a éstas propuestas para invalidar el trabajo del Legislativo en materia de elección de jueces, magistrados y ministros, la iniciativa publicada también busca invalidar la prohibición de suspender normas generales en el juicio de amparo, así como declarar inconstitucional la figura de “jueces sin rostro” contenida en la reforma judicial al considerar que se trata de una medida excesiva y contraria a los principios de transparencia y rendición de cuentas.

Por su parte, la presidenta Claudia Sheinbaum reaccionó al anuncio de la sentencia, afirmando que la SCJN no tiene la atribución de legislar y que la propuesta de anular parcialmente la reforma judicial es inconstitucional. “La Suprema Corte no puede ser legisladora”, precisó y subrayó que los ministros y las ministras conocen la inconstitucionalidad de sus acciones.

Ocho ministros adelantan que renunciarán para 2025

Mientras se espera la sesión en el pleno para debatir y votar el proyecto de resolución, ocho ministros de la Suprema Corte adelantan que presentarán su renuncia al cargo antes de que concluya el mes de octubre, pero hecha efectiva al 31 de Agosto de 2025. Con esta acción, los ministros también renuncian a su derecho al pase automático para contender en la elección popular con la cual podrían ser ratificados en el cargo.

Hasta el momento, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena es el único que ha presentado de manera oficial su renuncia ante el Senado de la República, pero se espera que también la presenten la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Alberto Pérez Dayán, Margarita Ríos Farjat y Jorge Mario Pardo Rebolledo; quienes en su conjunto han mostrado un sistemático rechazo a los cambios en el sistema judicial e incluso a múltiples proyectos del proyecto de gobierno de la Cuarta Transformación iniciado por el hoy ex presidente López Obrador y continuado por la presidenta Claudia Sheinbaum.

La renuncia de estos ocho ministros ha causado polémica de cara a los cambios que actualmente inician en el sistema de impartición de justicia. De acuerdo al Artículo 98 de la Constitución, las renuncias de estos juzgadores “solamente procederán por causas graves” y serán revisadas y aprobadas por mayoría del Senado.

En su carta de renuncia, Ortiz Mena expone que su renuncia se debe a la reciente reforma judicial, ante la cual considera dos opciones: “someterme a un proceso de elección popular o presentar mi renuncia”. Dado que el togado afirma que “No me considero un candidato adecuado para un cargo que dependa del apoyo popular”, es que presenta su renuncia, sin exponer las “causas graves” que la Constitución mandata.

Cuestionada durante su “mañanera del pueblo”, la presidenta Sheinbaum afirmó que esta decisión del los ocho ministros se debe únicamente a un interés personal y económico. De acuerdo al Séptimo Artículo transitorio de la reforma judicial aprobada, se establece que los ministros que no se hayan postulado a la elección judicial antes del 30 de octubre de 2024, “no serán beneficiarias de un haber por retiro”, lo cual consisten en exorbitantes sumas de dinero de acuerdo al tiempo durante el cual fueron ministros de la Corte.

Con el proyecto del ministro próximo  a debatirse en el pleno de la SCJN y la solicitud de renuncia, Sheinbaum señala que estos ocho ministros pretenden irse del cargo “legislando sobre la reforma constitucional y llevándose sus haberes retiros”. Sin embargo, señaló que es necesario esperar el sentido del voto particular de cada ministro respecto al proyecto en cuestión. Además, también es necesaria la aprobación del Senado respecto a las renuncias de los ministros y las ministras.