La aprobación contó con 62 votos a favor de Morena y 32 en contra de la oposición. Con esta reforma se faculta al Ejecutivo para otorgar amnistías a personas sentenciadas o en proceso penal que aporten información para desmontar la construcción de verdades históricas en casos relevantes para el Estado mexicano.
19/04/2024 (Ciudad de México). La Ley de Amnistía fue aprobada en el Senado y avanza para dirigirse a la Cámara de Diputados, lugar en donde deberá ser analizada y posteriormente aprobada.
Con esta aprobación se reforma y adiciona un párrafo al artículo 9 de la Ley de Amnistía para facultar al Poder Ejecutivo de otorgar amnistías a personas sentenciadas o en proceso penal que aporten información para desmontar la construcción de verdades históricas en casos “relevantes para el Estado mexicano”, así lo explicó el coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal.
El morenista contrarió a la oposición que acusó que con esta ley “se liberarán delincuentes”, por lo que explicó que era falso y que más bien se busca tener un marco jurídico que permita llegar a la verdad en casos que han lastimado de manera colectiva a la sociedad y también a decenas de familias, porque se han construido “verdades históricas”, como en el caso de los 43 normalistas de Ayotzinapa, en Guerrero o el de Tlatlaya, en Estado de México.
Agregó que falta esclarecer las masacres cometidas en gobiernos pasados como en Chalchihuapan, Puebla; Allende, Coahuila; la masacre de las 72 personas migrantes de San Fernando, Tamaulipas; Buenavista y Apatzingán, en Michoacán.
En esta discusión, la oposición conformada por PRI-PAN-PRD y Movimiento Ciudadano informó que presentarán una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte, dado que argumentan se trata de “un incentivo perverso” para que “un delincuente delate a cualquier persona con tal de ser liberado”, tal como externó el coordinador del PRD, Miguel Ángel Mancera.
Ley de Amnistía no es nueva
México ya cuenta con una Ley de Amnistía, publicada en abril de 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Ahora se realiza un añadido al artículo 9 y contempla una perspectiva inédita en derechos humanos, distinta, incluso a la que se plantea en la figura del indulto.
Y es que el indulto es una figura parecida a lo que se contempla en esta adición a la Ley de Amnistía, pero hay una gran diferencia: la Ley de Amnistía se otorgaría bajo una condición ligada a los derechos humanos por el acceso a la verdad y a la justicia.
Justicia restaurativa vs punitivismo penal: la discusión
De acuerdo con el abogado David Peña hay dos perspectivas de la justicia que se contraponen en la discusión de la Ley de Amnistía: la restaurativa y el punitivismo.
“La reforma pretende otorgar inmunidad sólo a quien proporcione información comprobable, no cualquier información (…) Lo demás es especulación de mentes perversas”, sostuvo el senador Ricardo Monreal al presentar los argumentos para impulsar esta adición en la Ley de Amnistía.
Y es que lo que se busca es dar beneficios a personas que ya estén procesadas o sentenciadas a cambio de que ofrezcan la verdad de los hechos.
Esto es distinto al criterio de oportunidad, un mecanismo que existe en el artículo 257 del Código Nacional de Procedimientos Penales para extinguir una acción penal en beneficio del autor o partícipe del delito a favor de quien se determine. Ese mecanismo brinda beneficios a cambio de que se acusen a otras personas.
Sin embargo, la reforma de la Ley de Amnistía lo que busca no es acusar a otras personas sino que se otorga bajo una condición: el acceso a la verdad.
“Se otorga siempre y cuando brinden información comprobable y cierta, sino, no. Se privilegia la verdad. Es una ley se propuso bajo una lógica de justicia restaurativa”, afirma el abogado David Peña, experto en derechos humanos y litigio internacional.
Y es que la condicionante del derecho a la verdad no es menor, dado que se trata de un derecho de las familias que buscan justicia, pero también de un derecho colectivo bajo una valoración de derechos humanos. “A las víctimas, familias, madres, lo que buscan es saber qué pasó con sus hijos o hijas, saber quién mató a las víctimas. Buscan la verdad”, apunta el abogado.
Y es que la justicia se suele pensar en términos punitivos, es decir, si una persona es encarcelada entonces se valora que hay o no justicia.
Organizaciones han expresado preocupación porque aseguran que la reforma a la Ley de Amnistía “atenta contra el derecho a la verdad y a la justicia de víctimas de violaciones a derechos humanos”. Ante estas posturas, Peña tiene una contundente respuesta: “Algunas posiciones buscan sentencias de 50, 100 años de cárcel porque si no consideran que no hay justicia, o si sale de la cárcel entonces es impunidad. Pero la impunidad está concentrada fuera del proceso judicial”. En México, prevalece un 97-98% de impunidad en delitos que no se investigan.
Ante las críticas en contra de que se otorgue la facultad al Ejecutivo de amnistiar, el abogado explicó que actualmente el poder Ejecutivo ya tiene esa facultad, pero se hace vía la Secretaría de Gobernación. Con esta reforma, la atribución le corresponde sólo a la presidencia de la República.
David Peña recuerda que en los procesos penales hay tres elementos fundamentales: el acceso a la verdad, el castigo a responsables y la reparación del daño a las víctimas. Al respecto, el abogado señala que el acceso a la verdad es una deuda histórica para las familias, por lo que debe pensarse en términos de justicia restaurativa, es decir, en términos de las víctimas.