La reforma al poder judicial, además de buscar la elección directa de jueces, magistrados y ministros, pretende que todos los asuntos sean tratados por el pleno de la Corte compuesto por nueve ministros, así como un tribunal con la facultad para sancionar.
05/02/2024 (Ciudad de México). Con el objetivo de continuar con la transformación de México y recuperar el sentido social de la Constitución de 1917, el presidente López Obrador envió ayer al Congreso un paquete de reformas que, en esencia, modifican la estructura del Estado para hacerlo más democrático.
Estas reformas fueron expuestas en 20 puntos, en los cuales se encuentran dos reformas a leyes generales y 18 modificaciones constitucionales, mismas que tendrían que ser aprobadas por dos terceras partes en ambas cámaras del Congreso durante esta Legislatura o en la siguiente.
Entre las principales reformas se encuentran las anunciadas en el tema electoral, judicial, de los órganos autónomos, en pensiones y salarios, pero también otras como el reconocimiento a los pueblos indígenas y afrodescendientes, la prohibición al maíz transgénico, la minería a cielo abierto, el fracking, el maltrato animal, entre otras relativas a la justicia social y medioambiental.
La reforma al Poder Judicial
Conforme lo ha señalado López Obrador durante los últimos meses, la reforma presentada argumenta que actualmente “los órganos responsables de garantizar [la justicia] muestran incapacidad o desinterés en cumplir con sus deberes constitucionales, o peor aún, privilegian los intereses de grupos de poder creados que son contrarios al interés público”, puesto que el mecanismo mediante el cual son elegidos los jueces, ministros y magistrados recae exclusivamente en la clase política, por lo que es necesario permitir “a la ciudadanía participar activamente en los procesos de elección [de los integrantes del Poder Judicial], con el propósito de que sus integrantes sean responsables de las decisiones que adopten frente a la sociedad y que sean sensibles a las problemáticas que aquejan a la ciudadanía”. Lo anterior mediante el voto directo en la urnas para la elección de estas figuras.
Además, la reforma contempla sustituir al actual Consejo de la Judicatura Federal por un Tribunal de Disciplina Judicial, mismo que tendría “facultades amplias para recibir denuncias, investigar conductas presuntamente ilegales o ilícitas, y sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial que no cumplan la Constitución y las leyes”.
De acuerdo a la iniciativa de reforma, para los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cada poder de la Unión postulará hasta 10 candidatos, posteriormente el Senado verificará los requisitos de elegibilidad marcados por la Constitución; una vez aprobados, el nuevo Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) realizará las elecciones y comunicará el resultado al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para la toma de protesta correspondiente. Como resultado de esto serán elegidos un total de nueve ministros.
En el caso de los jueces y magistrados, cada poder postulará hasta dos aspirantes por cada cargo. Al igual que con los ministros, las propuestas del Ejecutivo serán directas, las del Legislativo por aprobación de dos terceras partes y las del Judicial por un mínimo de seis votos. Para todas las postulaciones se deberá procurar que “recaigan en personas [que] hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la procuración o impartición de justicia, o bien, que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.”
Entre los principales requisitos se encuentran una mayoría de edad de 35 y 30 años, respectivamente, así como un título en Derecho expedido legalmente, con antigüedad mínima de cinco años, y práctica profesional de cuanto menos cinco años en un área jurídica afín a su candidatura; además de no haber sido titular de una Secretaría de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo al día de su elección.
De acuerdo a esta reforma, el periodo para que el que serían electos los ministros finalizará de manera escalonada entre 2030 y 2033, conforme al número de votos obtenidos, siendo 8 años el periodo máximo para futuras elecciones.
Finalmente, otros elementos que contempla esta reforma son la eliminación de las dos Salas del Supremo con las que actualmente cuenta para que siempre sea el Pleno quien conozca y delibere sobre los asuntos a tratar.
La reforma electoral
Otra de las reformas propuestas concierne al sistema electoral, dentro de la cual se plantea “insertar el principio de austeridad”, “facilitar el ejercicio de los mecanismos de participación ciudadana”, “homologar los procesos electorales locales y el método de representación” y elegir a las autoridades electorales mediante el voto, previa postulaciones por parte de los poderes de la Unión.
Para estos objetivos, la reforma contempla eliminar 200 diputados federales plurinominales y 64 senadores, con lo que el Congreso estaría conformado por 300 integrantes de la Cámara de Diputados y con 64 integrantes del Senado. Los diputados corresponderían a uno por cada distrito electoral y los senadores a dos por cada entidad federativa. Este principio aplicará para la elección de diputados locales en las entidades federativas.
En cuanto a los Ayuntamientos, estos contarían con un síndico y un máximo de 9 regidores.
Sobre el tema de la austeridad, entre las propuestas se incluye reducir a la mitad el financiamiento a los partidos políticos y la regulación de particulares a estos; la unificación del mecanismo electoral nacional con las instituciones administrativas y judiciales únicas.
Además, la elección de las autoridades serán elegidas mediante el voto popular, habiendo 10 postulaciones cada poder de la Unión, tanto para la integración del Consejo General del INEC, como para las magistraturas del TEPJF, siendo electas siete personas para cada organismo y donde su Presidente será él o la aspirante con mayor número de votos. La duración en el cargo será de un máximo de seis años improrrogables.
En cuanto a los mecanismos de participación ciudadana, se propone reducir a 30% la participación en consultas ciudadanas para que sus resultados sean vinculatorios, además de incluir temas como los relacionados con el sistema fiscal; la organización, funcionamiento y disciplina de la Guardia Nacional; aquellas vinculadas con la materia electoral; y a las obras de infraestructura en ejecución.
Con esta reforma, también se contemplan utilizar los tiempos oficiales del Estado en radio y televisión para “procurar la difusión efectiva de mensajes propositivos de los partidos”, estos para todos los cargos a elección popular, por lo que también se tendrían contemplados espacios para el poder judicial y para las autoridades electorales.
Organismos autónomos y desconcentrados
Respecto a los Organismos Constitucionales Autónomos (OCAs), la iniciativa de reforma contempla “regresar las atribuciones de estos Organismos a las dependencias que contaban con dichas facultades”.
De acuerdo a lo expuesto, estos OCAs “han resultado en menor eficiencia en la prestación de servicios públicos y escasa transparencia y rendición de cuentas, así como fragmentación de organismos públicos con la implantación de agencias especializadas, otorgando mayor poder de influencia a actores privados en detrimento de los públicos y de su capacidad de cooperación y liderazgo para garantizar el interés general”.
Bajo este argumento los OCAs propuestos para su integración a las dependencias de Estado se encuentran: la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), que pasaría a la Secretaría de Economía; el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (CT); el Consejo Nacional de Evaluación de Política de Desarrollo Social (CONEVAL), al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI); el organismo público descentralizado denominado Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación (MEJOREDU), a la Secretaría de Educación Pública (SEP); la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), a la Secretaría de Energía; el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), a la Secretaría de la Función Pública, al Instituto Nacional Electoral, al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y al Tribunal Federal de conciliación y Arbitraje, y al Ejecutivo Federal, de acuerdo a sus áreas específicas.
Otras reformas para el cuidado del medioambiente
Respecto a las reformas que buscan garantizar la soberanía energética al tiempo que respetar el equilibrio ecológico y medioambiental, el paquete de reformas incluye modificaciones a los reforman los Artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, relativas a la rectoría del Estado en temas de energía, así como otras que prohíben otorgar más concesiones para la minería a cielo abierto y la práctica de “fracking” para la extracción de hidrocarburos.
En la iniciativa presentada al Congreso se destaca la eliminación de todo el fraseo que limita la acción del Estado dentro del sector de la generación de energía, permitiendo con esto que el sector privado tenga una preponderancia dentro del mercado. Sin embargo, sí se permite que los particulares participen de las actividades en este sector, siempre que no se permita la “prevalencia sobre la empresa pública del Estado” para que éste pueda “cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y accesibilidad del servicio público de electricidad”.
Junto a estas prohibiciones, la reforma busca reforzar el Artículo 4 de la Constitución, para establecer que es obligación del Estado mexicano garantizar un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de la población, castigando el daño y deterioro ambiental para quien lo provoque.