12/12/2024 (Ciudad de México). La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dio lectura a la sentencia que responsabiliza al Estado Mexicano por la desaparición forzada de Antonio González Méndez, base de apoyo del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN).
Caso Antonio Gónzález Méndez
Antonio Gónzález Méndez, militante de las Bases de Apoyo EZLN, fue desaparecido el 18 de enero de 1999, en Sabanilla, Chiapas, en el marco de la política contrainsurgente implementada por el Estado Mexicano por los expresidentes Carlos Salinas de Gortari y Ernesto Zedillo.
Las Bases de Apoyo funcionan como colectivos de infraestructura y servicios comunitarios que estrechan los lazos de solidaridad con el EZLN, luego de su levantamiento en armas en Chiapas el 1 de enero de 1994 durante un breve periodo de 12 días para exigir al gobierno priista de Carlos Salinas de Gortari justicia y reivindicación de los derechos de los pueblos indígenas de México. Posterior a estos días el EZLN emprendió su camino para consolidarse como un movimiento social autonomista y autogestivo.
De acuerdo con el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas (Frayba), durante la década de los noventa el estado de Chiapas se caracterizó por la presencia de diversas acciones de contrainsurgencia diseñadas por la Secretaría de la Defensa Nacional, que incluyeron la formación de grupos paramilitares quienes cometieron diferentes acciones de acoso y crímenes en contra de la población indígena con el objetivo de inhibir el apoyo al EZLN
La desaparición forzada de Antonio González fue perpetrada por un grupo paramilitar denominado “Paz y Justicia”, que operó en municipios de la Zona Norte de Chiapas, el 18 de enero de 1999 mientras estaba acompañado por una persona identificada como integrante de dicha agrupación.
La búsqueda de Antonio inició por parte de su pareja, Zonia López Juárez, quien acudió a las autoridades municipales y después a las estatales en Tuxtla Gutiérrez, sin embargo, no tuvo respuesta. En el año 2000, apoyada por abogados del “Frayba”, decidió acudir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para demandar al Estado mexicano por la desaparición forzada de su esposo y la falta de investigación de los hechos.
En 2019, la CIDH emitió su informe de fondo sobre el caso de Antonio y reconoció que se tenía por demostrada la política estatal contrainsurgente, la participación del Estado en la conformación de grupos paramilitares, y que el grupo “Paz y Justicia” había sido uno de ellos. Adicionalmente, exigió investigar los hechos y buscar a Antonio tomando en cuenta este contexto.
En 2022, el Estado mexicano ofreció una disculpa pública a familiares de Antonio González Méndez, encabezada por Alejandro Encinas Rodríguez, entonces subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación. En su disculpa a nombre del Estado méxicano Encinas explicó que la desaparición forzada de Antonio había sucedido en un contexto en el que no sólo el estado de Chiapas, sino el país, se encontraba inmerso en un profundo conflicto político y social, donde el gobierno de esa época impulsó una política de contrainsurgencia para eliminar cualquier disidencia política y limitar las libertades políticas de las y los chiapanecos, y particularmente en los pueblos y comunidades zapatistas.
Asimismo, Encinas destacó que asumía la responsabilidad de esclarecer los hechos y garantizar justicia a Antonio, y subrayó que se haría el mayor de los esfuerzos para que se conozca su paradero. Sin embargo, para familiares de Antonio esta disculpa pública no fue suficiente y denunciaron la ausencia resultados en la búsqueda y que no se consideraron las líneas de investigación conforme al contexto de contrainsurgencia reconocido en la disculpa.
Sentencia de la CIDH
El 11 de diciembre de 2024, la CIDH dió lectura a la sentencia del caso de Antonio González Méndez contra el Estado Méxicano, en donde declaró a este último como responsable por la desaparición forzada de Antonio y, también, determinó que el caso sucedió en el marco del contexto de violencia en el estado, que se intensificó a partir de 1994. “Tuvieron actuación grupos paramilitares surgidos a partir de una política estatal contrainsurgente, el Plan Campaña Chiapas de 1994, que operaban con apoyo, tolerancia y aquiescencia del Estado, con el objetivo de neutralizar fuerzas u organizaciones consideradas enemigas, como el EZLN”, señala la sentencia de la CIDH.
Asimismo, la Corte estableció que las autoridades no han cumplido sus obligaciones de investigar de manera diligente y en un plazo razonable los hechos ocurridos, ni han llevado a cabo una búsqueda adecuada del paradero de Antonio González Méndez.
También concluyó que lo ocurrido produjo angustias y sufrimientos a familiares de la víctima, por lo que ordenó al Estado distintas medidas de reparación, como continuar las investigaciones en curso sobre la desaparición forzada y acciones de búsqueda de González Méndez.
Finalmente la sentencia también establece la implementación de un programa permanente de formación sobre la debida investigación y juzgamiento de presuntos hechos de desaparición forzada de personas dirigido a agentes del estado de Chiapas, y crear un registro único y actualizado de personas desaparecidas, que permita identificar casos de esta naturaleza.
Reacciones a la sentencia
Al momento, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) ha reconocido, a través de un boletín de prensa, que la sentencia notificada “abre la posibilidad para avanzar en la búsqueda de Antonio (…) y que contribuye a elevar el cumplimiento de la obligación de garantizar el derecho de las personas a ser buscadas y a que el Estado proteja su integridad personal, para lo cual es preciso que las instituciones cuenten con personas servidoras públicas con la capacidad técnica de aplicar las herramientas metodológicas mencionadas, para determinar la responsabilidad en los casi 110 mil casos de desaparición de personas en nuestro país y diseñar una estrategia eficaz de prevención”.
Asimismo el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, a través de un boletín de prensa, destacó el el papel histórico de esta sentencia de la CIDH y resalta que ésta “obliga al Estado mexicano a reconocer públicamente su responsabilidad y emprender investigaciones exhaustivas para esclarecer estas violaciones graves a los derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno que se presentaron desde los años 90 en Chiapas”.